¿Qué es un terreno urbano?
¿Qué es un terreno urbanizable?
¿Qué es un terreno no urbanizable?
¿Qué diferencias hay?
En este post ‘Diferencias entre terreno urbano, urbanizable y no urbanizable’, te cuento los diferentes tipos de terrenos.
Por si aún no nos conoces, me presento, soy Esther Rovira, fundadora de ERA architects, arquitecta en Barcelona y passive house designer para reformas sostenibles, reformas pasivas, casas pasivas, casas eficientes y casas positivas en Barcelona y Cataluña.
En este post puedes encontrar nuestra explicación sencilla de los tipos de terreno.
Espero que te ayude!
Lo primero que debes saber es que los terrenos se diferencian por 3 tipos según su plan urbano y finalidad:
1) URBANO
Es un terreno apto para la edificación según los planeamientos urbanísticos y territoriales.
Cuenta con una urbanización mínima (calle, acera, alcantarillado y farolas).
También con otras conexiones básicas como agua y electricidad.
Existen 3 categorías de suelo urbano:
• Consolidado (el centro de una ciudad)
2) URBANIZABLE
Son terrenos generalmente no ubranizados (sin calle, acera, alcantarillado y/o servicios básicos de agua y electricidad)
Aún así, están abiertos a la posibilidad de urbanizarse con el objetivo de absorber el crecimiento previsible de la ciudad.
Es decir que con el objetivo de que la ciudad crezca, algunos terrenos considerados estratégicos por su ubicación, pueden llegar a ser edificables (que te dejan construir) si se asumen los gastos de urbanización.
En ocasiones, el Ayuntamiento puede llegar a pedir la cesión de alguna parte del terreno para el desarrollo de servicios públicos.
3) RÚSTICO o NO URBANIZABLE
Son terrenos incompatibles con el desarrollo urbano, es decir que existen valores que están por encima del valor edificatorio.
Para procurar un modelo territorial de desarrollo urbanístico sostenible, está prohibido edificar en estos terrenos.
Por ejemplo, en Cataluña, un 94 % de la superficie del territorio es suelo no urbanizable.
En Cataluña existe el Plan de masías.
Es un plan especial del territorio donde cada municipio identifica edificaciones en suelo rústico no urbanizable para transformarlas en suelo urbano para promover su reforma y desarrollo.
Puedes comprobar si la edificación de tu terreno está inscrita en el catálogo de masías y así poder optar a transformarla en terreno urbano.
Sino está inscrita es este catálogo, no te recomiendo entrar en este proceso.
Te explico porqué en el link de Nuestro otro post más abajo.
Nuestra recomendación profesional:
En nuestro estudio de Arquitectura en Barcelona, recomendamos únicamente escoger suelo Urbano y urbanizable.
Algunos aventureros se han adentrado a justificar solares rústico con ruinas de masias no catalogadas.
Esta opción es muy desaconsejable ya que es un proceso muy incierto que rompe parejas y familias que se atreven a adentrarse…
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Nuestra GUIA para encontrar el Terreno PERFECTO.
Espero que este post ‘Diferencias entre terreno urbano, urbanizable y no urbanizable’ te haya ayudado.
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